sábado, 7 de julio de 2007

Presenta diputada iniciativa para acotar jurisdicción militar ante abusos contra civiles

María de la Luz Tesoro

México DF, 5 julio 07 (CIMAC).- Los órganos de justicia militar en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre una persona que no pertenezca al Ejército y nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales, señala la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo 13 constitucional; 37, 57 y 435 del Código de Justicia Militar, presentada por la diputada Valentina Batres Guadarrama ante la Comisión Permanente del poder legislativo.
Batres Guadarrama comenta los casos de la violación tumultuaria de 14 trabajadoras de la zona de tolerancia en Castaños, Coahuila; la violación y homicidio de Ernestina Ascencio Rosario; la violación de cuatro adolescentes en Michoacán; la ejecución de la familia Esparza Galaviz, en Sinaloa, y la ejecución de Héctor Adrián Salazar Fernández, en Tamaulipas.
En el primer caso, el 11 de julio de 2006, las trabajadoras de la zona de tolerancia fueron golpeadas, sometidas y violadas por más de 20 soldados del Ejército Mexicano comisionados para resguardar el material electoral en Coahuila. Explica que aún cuando los hechos ocurrieron el año pasado, su repercusión ha sido mayor en 2007, debido a la insistente denuncia pública que ha encabezado el obispo de Saltillo, Raúl Vera, en el sentido de que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) "tuvo un cambio notable de conducta, después del primero de diciembre, cuando el nuevo gobierno federal empezó a buscar la exoneración de los soldados presos", logrando la liberación de uno de ellos.
En su exposición, Batres califica como grave el "peligro social" que representa el hecho de que, tanto la Presidencia de la República como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Sedena ofrezcan "impunidad a los miembros de las fuerzas armadas que cometen delitos", porque "eso crea un enorme riesgo para todo el país". Además denuncia que han estado amenazando tanto a las ofendidas -para que retiren las denuncias- como al propio obispo Vera, para que cese en la denuncia pública del caso.
Ernestina Ascencio Rosario, de 73 años, dice la exposición de motivos, falleció el 26 de febrero de 2007 en Soledad Atzompa, Veracruz, a causa de la violación tumultuaria que efectivos militares perpetraron en su contra, de acuerdo con las primeras declaraciones del secretario de la Defensa Nacional, del procurador General de Justicia del estado de Veracruz, del Gobernador del estado de Veracruz, de la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de Veracruz y del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Batres Guadarrama indica que la Procuraduría General de Justicia Militar fue la única instancia que tuvo acceso al cuerpo todo el tiempo, comparó muestras de semen del cuerpo de Ernestina con muestras de sangre de su personal, pero se abstuvo de informar sobre la causa de muerte y los resultados de sus investigaciones, pese a que inició su averiguación previa 26ZN/04/07, el 26 de abril de 2007, el mismo día en que murió Ernestina Ascencio.
Al referirse al caso de las adolescentes de Nocupétaro, Michoacán, ocurrido del 2 al 4 de mayo de 2007, cuatro menores de edad fueron secuestradas, drogadas y violadas por elementos del Ejército Mexicano. Agrega que las cuatro mujeres fueron detenidas por efectivos militares, acusadas de proteger a Los Zetas, a las ocho de la mañana en el bar "La Estrellita", donde trabajaban. Luego fueron llevadas en helicóptero, intimidadas y violadas en el cuartel de la Zona 21 Militar. En ninguno de estos atentados cometidos por militares se ha procesado a alguien, lejos de ello, en dos de los casos --Castaños y Ernestina Ascencio-- los militares originalmente detenidos fueron o están siendo liberados, concluye la exposición de motivos.

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