jueves, 20 de marzo de 2008

Regulan venta de concesiones de taxi

Opción de Veracruz Virtual
Xalapa, Veracruz

El Congreso Local aprobó por unanimidad la reforma al artículo 127 de la Ley de Tránsito y Transporte que restringe la venta de placas de taxi, sólo en casos de “necesidad debidamente acreditada” y a juicio de la Secretaría de Gobierno.
El artículo quedó de la siguiente manera: “Las concesiones que se otorguen para prestar el servicio de taxi, se equipararán al patrimonio familiar y por lo mismo son inalienables, inembargables e intransferibles salvo en caso de gran necesidad debidamente acreditada a juicio del secretario, su regulación y control se regirán por las disposiciones aplicables al Código Civil del Estado de Veracruz”.
“Para que la Secretaría otorgue la autorización de transferencia de derechos a que se refiere el párrafo anterior, se requerirá que: I.- El titular de la concesión haya ejercido el derecho que de ella emana, cuando menos cinco años antes de la presentación de la solicitud de transferencia. II. Haya una solicitud por escrito del concesionario y del aspirante a los derechos derivados de la concesión: III. Los documentos del concesionario y del aspirante cumplan con todo lo dispuesto en el reglamento de esta ley; IV El interesado cubra ante la Oficina de Hacienda de la localidad el importe de los derechos respectivos; y V. Con motivo de la transferencia no se infrinja ninguna disposición legal o reglamentaria”.
“El Gobierno del Restado no otorgará otra concesión, en la misma modalidad, al concesionario que haya transferido sus derechos”.